REGLAMENTO DEL PARQUE FUNERARIO ECOLÓGICO
- Circulación vehicular y peatonal: El tránsito dentro del cementerio deberá realizarse únicamente por las áreas permitidas, respetando en todo momento la velocidad máxima de 10 km/hora. Queda estrictamente prohibido circular fuera de caminos y senderos habilitados.
- Prohibiciones de seguridad e higiene: Está prohibida la introducción, consumo o posesión de bebidas alcohólicas, sustancias psicotrópicas, drogas, enervantes o similares dentro de las instalaciones. No se permite encender fogatas, utilizar asadores, fuegos pirotécnicos, ni ingresar con alimentos en cualquier presentación. Asimismo, se prohíbe el acceso con animales de cualquier especie, con excepción de animales de asistencia debidamente identificados.
- Queda estrictamente prohibido el ingreso al «Recinto Eterno» con armas de cualquier tipo, salvo en el caso de personal militar en funciones oficiales, como Guardias de Honor, o de personas que cuenten con autorización expresa y por escrito emitida por «Recinto Eterno». Esta disposición aplica a toda persona que no forme parte del personal de «Recinto Eterno».Queda estrictamente prohibida toda conducta ruidosa, escandalosa, irrespetuosa o inapropiada dentro de las instalaciones de «Recinto Eterno». Ninguna persona podrá alterar el orden mediante comportamientos que afecten la solemnidad, el respeto y la armonía que deben prevalecer dicho espacioEl incumplimiento de esta disposición podrá dar lugar a la expulsión inmediata del infractor, y en su caso, a la intervención de la Guardia Nacional, Policía Municipal o Estatal, a fin de que sea puesto a disposición de las autoridades competentes, conforme a la normatividad aplicable.
- Horarios de visita: El acceso al área ecológica está permitido de lunes a domingo de 08:00 a 17:00 horas, salvo disposición distinta emitida por la administración por razones de seguridad, mantenimiento u orden general.
- Horarios de servicios funerarios: Los servicios de inhumación o depósito de cenizas se realizarán exclusivamente en los siguientes horarios: 10:30, 12:30 y 14:30 horas. La participación de músicos durante las ceremonias deberá contar con autorización previa y por escrito de la administración de Vergeles Eternos, S.A. de C.V.
- Ofrendas florales permitidas: Únicamente se permitirán flores naturales, ya sean frescas o secas (de naturaleza muerta), dispuestas en floreros elaborados con materiales reciclables. Queda prohibida la colocación de flores artificiales o envases no biodegradables.
- Nichos modulares: No está permitida la colocación de ningún tipo de objeto decorativo, flores, placas, imágenes, veladoras o recipientes sobre las tapas de los nichos modulares.
- Identificación de tumbas: La identificación será exclusivamente mediante piedras naturales, con las dimensiones, materiales y estilo previamente autorizados por la administración. Dichas piedras deberán incluir nombre y fechas grabados en letras uniformes.Queda prohibida la colocación de placas metálicas, fotografías, imágenes religiosas, amuletos u objetos distintos a los permitidos. En el caso de los Bioaqua, los datos serán grabados en la placa general del área.
- Restricción de siembra y excavación: Se prohíbe sembrar árboles, arbustos, plantas ornamentales, o depositar urnas biodegradables con semilla. Únicamente se permitirá el uso de urnas biodegradables sin semilla. No está permitida ningún tipo de excavación por parte de los visitantes.
- Delimitación de espacios: Está prohibido delimitar los espacios con madera, estructuras metálicas, cercas, piedras decorativas, césped artificial o natural, así como con cualquier otro material que modifique la uniformidad ecológica del lugar.
- Eventos conmemorativos: Todo evento adicional, ceremonia o acto conmemorativo especial deberá contar con autorización expresa y por escrito del área administrativa de Vergeles Eternos, S.A. de C.V. No se permitirán eventos improvisados o sin registro.
- Ataúdes ecológicos: Solamente se permitirá la inhumación de restos humanos en ataúdes ecológicos previamente aprobados por la Compañía.
- Modificaciones al Reglamento del Parque Funerario Ecológico: «Recinto Eterno» se reserva el derecho de realizar enmiendas o modificaciones al presente Reglamento en cualquier momento, cuando así lo estime necesario, con o sin el consentimiento previo de los clientes. La única obligación de «Recinto Eterno» será informar a los clientes sobre dichos cambios al momento de su primera visita posterior a la modificación.13.1 La Compañía se reserva el derecho de realizar enmiendas, actualizaciones o modificaciones al presente Reglamento en cualquier momento, cuando así lo estime necesario, sin el consentimiento previo de los CLIENTES. Las modificaciones que se efectúen serán publicadas para su consulta en la página oficial de internet de la Compañía, disponible en https://perches.mx/reglamento-panteon-recinto-eterno/. La versión del Reglamento que se encuentre publicada en dicha página y disponible en el sistema electrónico de la Compañía será la única que se considerará vigente, válida y obligatoria.
Reglamento de los Funerales
- Dirección del Cortejo: Una vez que el cortejo fúnebre haya ingresado a las instalaciones de «Recinto Eterno», su organización, recorrido y conducción quedarán exclusivamente a cargo del personal operativo del cementerio.
- Rutas designadas: Durante el cortejo, los asistentes deberán mantenerse dentro de las rutas y senderos previamente asignados, evitando salir de las zonas habilitadas.
- Ceremonias de Vida: Las ceremonias de despedida o de celebración de vida se efectuarán exclusivamente en el área destinada para tal fin, conforme a la programación y lineamientos de la administración.
- Coordinación de ceremonias: El Maestro de Ceremonias designado será responsable de dirigir el acto fúnebre de principio a fin, asegurando el respeto al entorno y la solemnidad del servicio.